.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
tipodocumento:FACTURAS
 
tipodocumento:AUDIENCIA ESCRITA Y ORAL
 

24 resultados encontrados en 31 ms. Página 1 de 3
Descargar    Expandir/Colapsar
AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas veintitrés minutos del veintisiete de agosto del dos mil diecinueve.-------------------------------------------------------------------------------------------------- RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por PRODUTEL ESM, S.A y el consorcio ENECOR en contra del acto de adjudicación del CONCURSO MAYOR No. 03-2019 promovido por la EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA (ESPH) para la contratación para suministro de luminarias led y sustitución de luminarias de alta presión de sodio y mercurio en el área servida por la ESPH, acto recaído a favor de ECOLOGICAL SOLUTIONS, S.A., por un monto de $2.472.478,66.------------------------------------------------------ I. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y el artículo 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República, se confiere AUDIENCIA ESPECIAL a las APELANTES y a la ADJUDICATARIA, por el plazo improrrogable de TRES DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente auto, para que se refieran únicamente a lo expuesto por la Administración al atender lo requerido por este órgano contralor en la audiencia inicial en cuanto a que: “Tercero: Se requiere que en el escrito de respuesta a la audiencia inicial la ESPH de frente al contenido puntual de cla?usulas del cartel indique de forma motivada los incumplimientos de las ofertas recurrentes que se configuran como motivos de exclusio?n y aporte el respectivo ana?lisis de trascendencia. Asimismo, se insta a la ESPH a remitir el expediente original (...) Cuarto: Se solicita a la ESPH que con el escrito de respuesta a la audiencia inicial remita la versio?n consolidada y final del pliego de condiciones, la c ...
Fecha publicación: 30/08/2019
Fecha emisión: 27/08/2019
Documento: 12586-2019.pdf
Institución: EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE HEREDIA (ESPH)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA Y ORAL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)


Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, al ser las diez horas cincuenta y cuatro minutos del veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por SERVICIOS DE CONSULTORÍA DE OCCIDENTE S.A., en contra del cartel de la licitación pública 2018LN-000008-00091000001, promovida por el MINISTERIO DE HACIENDA referida al “Convenio Marco para Servicios Generales de Limpieza”. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Primero: De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se confiere Audiencia Especial por el plazo de TRES DIAS HABILES a la Administración licitante, contado a partir del día siguiente al de la notificación de este auto, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por la objetante. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación y detalle preciso de las modificaciones e incorporaciones que se hubieren efectuado de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. El escrito del recurso presentado por la empresa mencionada en el encabezado del presente auto se adjunta. Finalmente y de conformidad c ...
Fecha publicación: 24/12/2018
Fecha emisión: 21/12/2018
Documento: 18654-2018.pdf
Institución: MINISTERIO DE HACIENDA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA Y ORAL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas cuarenta y siete minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciocho.---------------------------------------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por MARPEL PHARMA S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública 2018LN-000022-5101 promovido por la CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL, para la compra de ítem único 365000 TU de ácido salicílico 5% (50mg/g) ungüento, tubo con 40 g a 60 g, Código 1-10-46-2425. ---------------------------------- De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa y 180 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se confiere Audiencia Especial por el plazo de TRES DIAS HABILES a la Administración licitante, contado a partir del día siguiente al de la notificación de este auto, para efectos de: I) Referirse por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por la objetante; II) Remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa; III) Extender el plazo establecido para recibir ofertas, de ser necesario, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final; y IV) En su respuesta, la Administración deberá indicar el monto estimado de esta contratación, o indicar si el mismo es de cuantía inestimable. Para efectos de contestar la presente audiencia se remite el escrito de objeción. Finalmente y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Reglamento de Notificación de los Productos que emite la Contraloría General de la República deberá indicar medio electrónico, de preferencia correo electrónico, o lugar dentro del Cantón Central de San José donde atender n ...
Fecha publicación: 27/08/2018
Fecha emisión: 24/08/2018
Documento: 12151-2018.pdf
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA Y ORAL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


AUDIENCIA ESPECIAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas cuarenta y siete minutos del veintidós de enero de dos mil dieciocho.----------------------------------------------------------------------------------- Recursos de objeción interpuestos por la empresa 1. Laboratorios J.R Sánchez S.A., en contra del cartel de la Licitación Pública No. 2017LN-000011-2104, promovida por el Hospital México, para la “Adquisición de Implantes Cocleares”.------------------------------ PRIMERO: De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 81 y 82 de la Ley de Contratación Administrativa, 178 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y 9 del Reglamento de Notificaciones de los productos que emite la División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República se confiere Audiencia Especial por el plazo de TRES DIAS HABILES a la Administración licitante, contado a partir del día siguiente al de la notificación de este auto, para que se refiera por escrito DE MANERA AMPLIA Y BIEN FUNDAMENTADA a los argumentos expuestos por las objetantes. Asimismo, se advierte a la Administración que deberá remitir copia completa de la última versión del cartel de la contratación de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso e) del Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa, y de ser necesario extender el plazo establecido para recibir ofertas, considerando el plazo que tiene este órgano contralor para emitir y notificar la resolución final. El escrito del recurso presentado por la empresa mencionada en el encabezado del presente auto se adjunta. Finalmente y de conformidad con lo establecido en el artículo 3 Reglamento de Notificación de los Productos que emite la Contraloría General de la República deberá indicar medio electrónico, de preferencia correo electrónico, o lugar dentro del Cantón Central de San José donde atender no ...
Fecha publicación: 25/01/2018
Fecha emisión: 22/01/2018
Documento: 00925-2018.pdf
Institución: HOSPITAL MEXICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUDIENCIA ESCRITA Y ORAL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES Máster Dora Orozco Sánchez -2- 16 de enero, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 404 16 de enero, 2004 FOE-GU-17 Máster Dora Orozco Sánchez Oficial Presupuestal Departamento Financiero Mnisterio De Trabajo Y Seguridad Social Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DF-001-2004, relacionado con visado de factura a nombre del señor Ulises Villegas Castillo. Mediante su nota DF-001-2004 manifiesta que a pesar de que la factura electrónica Nro. 190004029, por concepto de diferencias de pensión, a nombre del señor Ulises Villegas Castillo (amparada a la resolución administrativa Nro. 072-2003) se visó, ese nombre aparece en el listado de documentos devueltos sin aprobación, según los términos del oficio 14924 de 17 de diciembre de 2003, emitido por esta Área de Fiscalización; de ahí que solicita una aclaración para definir lo pertinente con respecto al pago en cuestión. Sobre el particular se le comunica lo siguiente: Con base en la documentación adjunta a su oficio, se ha realizado un nuevo análisis del caso a la luz del lineamiento dado por la Procuraduría General de la República en el pronunciamiento C-367-2003 del 20 de noviembre de 2003 (en el cual se respaldó esta Oficina para no visar las facturas electrónicas y devolver las resoluciones administrativas incluidas en el oficio 14924 supracitado), determinándose lo siguiente. El pronunciamiento C-367-2003 señala que las gestiones para reclamar diferencias o mensualidades de pensión no pagadas, presentadas antes del 3 de marzo de 1999 –fecha en que la Sala Constitucional votó la resolución Nro. 01584-99 -, deben ser analizadas y resueltas en sede administrativa de conformidad con los criterios vigentes a esa fecha, referidos en concreto al plazo de prescripción civil aplicable (artículo 870 del Código Civil ...
Fecha publicación: 17/01/2004
Fecha emisión: 14/01/2004
Documento: 00404-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES Licda. Patricia Soto González -2- 16 de enero, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 395 16 de enero, 2004 FOE-GU-16 Licenciada Patricia Soto González Directora División Jurídica Ministerio De Educación Pública Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DASE-8542-2003. Con el oficio Nro. 13679 del 25 de noviembre de 2003 se devolvieron sin visado las facturas Nros. 1900071778, 1900071782 y 1900071784, como consecuencia de que el “por tanto” de las resoluciones administrativas que las amparaban, correspondía, en cada caso, a una persona diferente de aquella a favor de la cual había sido emitido el documento original. Ante tal situación el Lic. Ricardo Mora Cooper, abogado de la División a su cargo, señala mediante el oficio Nro. DASE-8542-2003, que las medidas precautorias tomadas por esa instancia al manipular las resoluciones administrativas son de tal naturaleza que garantizan en todos los casos una compaginación correcta. Asimismo, agrega que la responsabilidad por los problemas de compaginación detectados en las susodichas resoluciones eventualmente podrían originarse en la Dirección Financiera del Ministerio de Educación. En relación con este caso, el oficio Nro 13679 señala que errores de este tipo evidencian fallas en el sistema de control interno de la entidad, las cuales deben ser corregidas con prontitud para asegurar la buena marcha institucional; asimismo, el referido oficio ordena la apertura de un procedimiento administrativo que permita identificar a los funcionarios responsables de lo actuado y la posterior aplicación del Régimen de Responsabilidad previsto por la normativa vigente. Por lo anterior, no resulta procedente la recomendación o sugerencia contenida en el oficio DASE-8542-03 para que esta Contral ...
Fecha publicación: 16/01/2004
Fecha emisión: 13/01/2004
Documento: 00395-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA DEPARTAMENTO GOBIERNO PRESUPUESTOS Sr. Patricia Soto González -3- 19-1-2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 424 19 de enero, 2004 FOE-GU-0021 Licenciada Patricia Soto González Directora División Jurídica Ministerio De Educación Pública Estimada señora: Asunto: Respuesta a oficio DASE-8485-2003, relacionado con la resolución administrativa No. 946-2003. Mediante el oficio DASE-8485-2003, suscrito por el Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, abogado de la División a su cargo, se cuestionan las razones con base en las cuales esta Área de Fiscalización devolvió sin visado la factura electrónica No. 1900066662 por concepto de servicios de transporte de estudiantes prestados por el interesado durante julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2002. Al respecto se le comunica lo siguiente: En el oficio Nro. 13658 (FOE-GU-0581) del 25 de noviembre de 2003, se indican los motivos que impidieron visar la referida factura electrónica. Tales motivos tienen su asidero en el estudio realizado en su oportunidad a la copia certificada de la resolución administrativa Nro. 946-2003, remitida por la Dirección Financiera del Ministerio de Educación Pública, y los mismos son: 1. Que el referido servicio se prestó con base en un contrato ilegítimo, por lo que la única posibilidad de pagarlo era acudir a la vía de la indemnización, lo que implicaba una rebaja de un 10%, por concepto de lucro o utilidad, de la suma irregularmente pactada. 2. Que paralelamente debía hacerse una relación de hechos sobre lo acontecido y ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo, cuyo propósito consistía en determinar si lo actuado configuraba situaciones que riñeran con el Régimen de Responsabilidad previsto legal y reglamentariamente, lo que permitiría ...
Fecha publicación: 10/01/2004
Fecha emisión: 07/01/2004
Documento: 00424-2004.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales MBA. Marco Tulio Sandoval P. 4 18/12/2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 15165 18 de diciembre, 2003 FOE-GU-0674 Máster Marco Tulio Sandoval Picado Jefe Unidad de Recursos Financieros Ministerio De Salud Estimado señor: Asunto: Devolución sin visado de facturas por concepto de reconocimiento de intereses. Por las razones que motivan este oficio se devuelven sin el visado correspondiente facturas electrónicas procesadas mediante el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), por concepto de reconocimiento de intereses, originados en pagos a destiempo por parte de la Administración. Las facturas en cuestión están a nombre de las personas que se encuentran en el listado adjunto. Seguidamente se procede al análisis de las principales situaciones atinentes a estos casos. Los documentos presentados corresponden al reconocimiento de intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Salud; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinaron las sumas respectivas, señalándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta los pagos que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos. Téngase en cuenta que los fondos públicos están sujetos a un régimen de administración financiera; esto implica no solo la participación de diversas instancias en el trámite de pago, sino también el obligado cumplimiento de todos ...
Fecha publicación: 21/12/2003
Fecha emisión: 18/12/2003
Documento: 15165-2003.doc
Institución: MINISTERIO DE SALUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales Lic. Eugenio Meoño R. 3 17/12/2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 15003 17 de diciembre, 2003 FOE-GU-0663 Licenciado Eugenio Meoño Rodríguez Oficial Presupuestal Ministerio de Agricultura y Ganadería Estimado señor: Asunto: Devolución sin visado de factura por concepto de reconocimiento de intereses. Se ha procedido a devolver en el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), la factura electrónica No. 1900002419, a nombre del señor Leopoldo Pixley Sinclair, la cual se encuentra amparada a la resolución administrativa No. DM-763-03, emitida con la finalidad de reconocer intereses, originados en un pago a destiempo por parte de la Administración. Lo anterior, por cuanto de conformidad con lo que señala el texto resolutivo, se reconocen intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinó el monto por pagar, indicándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta el pago que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos. Por otra parte, en el caso bajo examen se reconocen intereses a partir de la fecha en que se produjo la supresión del puesto. No obstante, para efectos de reconocimientos de esta naturaleza debe existir, por un lado, un reclamo fundamentado de parte del interesado, y por otro, si se acepta el derecho que avala ...
Fecha publicación: 20/12/2003
Fecha emisión: 17/12/2003
Documento: 15003-2003.doc
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios gubernamentales Máster Marco Tulio Sandoval Picado 2 16 de diciembre, 2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 14915 16 de diciembre, 2003 FOE-GU-0655 Máster Marco Tulio Sandoval Picado Jefe Unidad de Recursos Financieros Ministerio de Salud Estimado señor: Asunto: Devolución sin visado de factura por concepto de reconocimiento de intereses. Se ha procedido a devolver en el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), la factura electrónica Nro. 1900019167, a nombre del señor Guillermo Morales Núñez, la cual se encuentra amparada a la resolución administrativa Nro. DM-Y-998-03, emitida con la finalidad de reconocer intereses, originados en un pago a destiempo por parte de la Administración. Lo anterior, por cuanto de conformidad con lo que señala el texto resolutivo, se reconocen intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Salud; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinó el monto por pagar, indicándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta el pago que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos. Por otra parte, en el caso bajo examen se reconocen intereses a partir de la fecha en que se produjo el cese de un nombramiento por finalizar el nombramiento interino. No obstante, para efectos de reconocimientos de esta naturaleza debe existir, por un lado, un reclamo fundamentado de parte del interesado, y ...
Fecha publicación: 19/12/2003
Fecha emisión: 16/12/2003
Documento: 14915-2003.doc
Institución: MINISTERIO DE SALUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD